REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

JUZGADO DE EPMS
CIUDAD
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA)
027
BOGOTA D.C.
//
NUMERO UNICO DE RADICACIÓN
Municipio
Corporación
Cod. Sala
Cons. Despacho
Año
No. Radicación
Recurso
11001
31
87
027
2024
00067
00
1. DATOS DEL PROCESO
AUTORIDAD REMITENTE CIUDAD
AUTORIDADES QUE CONOCIERON .
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PENAS ACUMULADAS NO No. CONDENADOS 1 TOTAL PRESOS 0 PRESOS A CARGO JEPMS 0
Cuadernos
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Folios
2.DATOS DE LA SENTENCIA

SENTENCIA ANTICIPADA NO

INSTANCIA FALLADORA
FECHA (DD/MM/AAAA)
EJECUTORIA
cdno y folios
FECHA DE LOS HECHOS
3. CLASE DE PROCESO
Tutela 8015
4. OBSERVACIONES

Tipo Salida: TEMPORAL, Fecha Salida:23/07/2024,Oficio:918 Enviado a: - 000 - PENAL - SALA PENAL del TRIBUNAL SUPERIOR - BOGOTA D.C.. COLPENSIONES - COLPENSIONES :
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ACTUACIONES DEL PROCESO
FECHA TIPO ACTUACIÓN ANOTACIÓN CUADERNO FOLIO
27/09/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico Auto Interlocutorio No.1584 del 25/09/2024. Abstenerse de aperturar el incidente desacato, para tramite respectivo.///CLGR
25/09/24 DecisiònSOTO CARREÑO - MIGUEL : Notifíquese de la manera más eficaz al accionante e incidentada.Ejecutoriada la presente providencia, archívese la actuación.///CLGR
25/09/24 DecisiònSOTO CARREÑO - MIGUEL : Abstenerse de dar apertura al incidente de desacato en contra de la Dra. María Isabel Hurtado Saavedra, en su calidad de Directora de Ingresos por Aportes de Colpensiones. Conforme a los argumentos expuestos.///CLGR
20/09/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico Auto de sustanciacion No.751 del 19/09/2024 Requerimiento previo incidente de desacato, para tramite respectivo.///CLGR
19/09/24 Requerimiento explicaciòn incumplimientoSOTO CARREÑO - MIGUEL : En consecuencia, previo a dar inicio al incidente de desacato, de conformidad con lo establecido en el Articulo 27 del Decreto 2591 de 1991, se ordenará requerir a la Dirección de Ingresos por Aportes de Colpensiones, para que dentro del término de las veinticuatro (24) horas, contadas a partir de la notificación del presente auto, informe si materializó o no el fallo de tutela proferido en segunda instancia el 26 de agosto de 2024 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., haciendo referencia exclusivamente a los numerales 1 y 6 de la solicitud del 7 de mayo de 2024 incoada por Jorge Darío Molano Forero. ///CLGR
13/09/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico Auto de Interlocutorio No.1428 del 13/09/2024. Abstenerse de aperturar el incidente desacato, para tramite respectivo.///CLGR
13/09/24 Decisiòn del incidenteSOTO CARREÑO - MIGUEL : Notifíquese de la manera más eficaz al accionante e incidentada.///CLGR
13/09/24 Decisiòn del incidenteSOTO CARREÑO - MIGUEL : Abstenerse de dar apertura al incidente de desacato en contra de la Dra. María Isabel Hurtado Saavedra, en su calidad de Directora de Ingresos por Aportes de Colpensiones. Conforme a los argumentos expuestos.///CLGR
06/09/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico Auto de sustanciacion No.726 del 06/09/2024 Requerimiento previo incidente de desacato, para tramite respectivo.///CLGR
06/09/24 Requerimiento explicaciòn incumplimientoSOTO CARREÑO - MIGUEL : En consecuencia, previo a dar inicio al incidente de desacato, de conformidad con lo establecido en el Articulo 27 del Decreto 2591 de 1991 se ordena requerir a la Dirección de Ingresos por Aportes de Colpensiones, para que dentro del término de las veinticuatro (24) horas, contadas a partir de la notificación del presente auto, informe si materializó o no el fallo de tutela proferido en segunda instancia el 26 de agosto de 2024 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C.///CLGR
23/07/24 Envio Tutela Tribunal SuperiorTipo Salida: TEMPORAL, Fecha Salida:23/07/2024,Oficio:918 Enviado a: - 000 - PENAL - SALA PENAL del TRIBUNAL SUPERIOR - BOGOTA D.C.. COLPENSIONES - COLPENSIONES : DIGITALDIGITAL
23/07/24 Envio Tutela Tribunal SuperiorCOLPENSIONES - COLPENSIONES : EN LA PRESENTE FECHA Y HORA SE RECIBE DEL JDO VIA CORREO ELECTRONICO ESCRITO DE IMPUGNACION AL FALLO DE TUTELA////EN CUMPLIMIENTO DEL # 04 DEL FALLO DE TUTELA No. 84 DEL 18/07/2024, SE REMITE HIPERVINCULO AL H. TRIBUNAL SUP DE BOGOTA EN IMPUGNACION /////RGR
23/07/24 Envìo expediente al Superior en caso impugnaciònSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo Electrónico Impugnación de Tutela al CSA para tramite ante el H.Tribunal.///YCHM
19/07/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico Fallo Tutela No.84 del 18/07/2024, a las partes, para su notificación///YCHM
18/07/24 Fallo de TutelaSOTO CARREÑO - MIGUEL : Notifíquese de la manera más eficaz al accionante y accionada.///YCHM
18/07/24 Fallo de TutelaSOTO CARREÑO - MIGUEL : Declarar improcedente la acción de tutela incoada por Miguel Soto Carreño, como apoderado de C.I. Sociedad Industrial de Grasas Vegetales Sigra S.A., contra la Administradora Colombiana de Pensiones, por la carencia actual de objeto por hecho superado. Conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta decisión. ///YCHM
09/07/24 ADVERTENCIA DESPACHOSOTO CARREÑO - MIGUEL : Se remite mediante correo electrónico avóquese de acción de tutela No.535 del 8/07/2024 a las partes para notificación /// YCHM
08/07/24 Auto avocando y ordenando pràctica pruebasSOTO CARREÑO - MIGUEL : Con el fin de traer al expediente los antecedentes que originaron la acción de tutela y para garantizar el derecho de contradicción y defensa, córrase traslado a la(s) entidad(es) accionada(s) y vinculada(s) para que en el término improrrogable de veinticuatro (24) horas, a partir de la comunicación de la presente decisión, se pronuncie(n) sobre la acción incoada y ejerza(n) el derecho de defensa.///YCHM
08/07/24 Auto avocando y ordenando pràctica pruebasSOTO CARREÑO - MIGUEL : Avóquese conocimiento de la presente acción de tutela incoada por Miguel Soto Carreño, como apoderado de C.I. Sociedad Industrial de Grasas Vegetales - Sigra S.A., contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, por la presunta vulneración al derecho fundamental de petición.///YCHM
08/07/24 Radicación de Proceso Actuación de Radicación de Proceso realizada el 08/07/2024 a las 16:14:251
CONDENADOS
NOMBRE DEL CONDENADONo.IDENTIFICACION
COLPENSIONES - COLPENSIONES900336004 (ver información?)